Inmigración familiar

Trabajar para reunir a las familias en Estados Unidos

La separación de los miembros de su familia debido a la situación de inmigración nunca es fácil y es un fenómeno fundamentalmente frustrante. Sin embargo, si usted es ciudadano o residente permanente legal de Estados Unidos, existen herramientas para ayudarle a reunir a su familia en este país. A través de la inmigración basada en la familia, puede patrocinar a sus seres queridos para que obtengan su propia tarjeta verde, lo que les permitirá vivir y trabajar en EE.UU. Y lo que es más importante, todos podrán volver a vivir juntos.

La inmigración familiar se divide en varias categorías y puede ser intimidante si no está familiarizado con el proceso. Nuestro abogado de inmigración familiar de Manhattan en John Nicelli & Associates ha facilitado con éxito miles de casos, reuniendo familias y dándoles nuevas oportunidades en los Estados Unidos. Podemos guiarle a través de cada paso del proceso de petición y trabajar para mantener el tiempo de separación de su familia lo más breve posible.

Diferencia entre parientes inmediatos y preferentes

Desgraciadamente, no puede solicitar la tarjeta verde para cualquier miembro de su familia. Sólo puede patrocinar a determinadas categorías de familiares, que se definen como “familiares directos” o “familiares preferentes”. El hecho de que usted sea ciudadano estadounidense o residente permanente legal es un factor importante a la hora de decidir en qué categoría se incluye a un ser querido.

Los familiares directos son:

  • Padres de ciudadanos estadounidenses,
  • Cónyuges de ciudadanos estadounidenses,
  • Hijos menores solteros de ciudadanos estadounidenses,
  • Padrastros o hijastros de ciudadanos estadounidenses, dependiendo de cuándo se celebró el matrimonio, estableciendo la relación familiar.

Sólo los ciudadanos estadounidenses pueden patrocinar a familiares en la categoría de “familiares directos”. Esto es significativo, ya que no hay límites en la asignación de visados para familiares directos. Las peticiones seguirán teniendo que ser tramitadas por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS), lo que puede llevar varios meses de tramitación.

Los familiares preferentes incluyen:

  • Primero: (F1) Hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses
  • Segundo:(F2) Cónyuges e Hijos, e Hijos e Hijas Solteros de Residentes Permanentes
  • (F2A) Cónyuges e Hijos de Residentes Permanentes:
  • (F2B) Hijos e Hijas solteros (mayores de 21 años) de Residentes Permanentes
  • Tercero: (F3) Hijos e Hijas Casados de Ciudadanos Estadounidenses
  • Cuarto: (F4) Hermanos y hermanas de ciudadanos estadounidenses adultos

La clasificación de parientes preferentes está sujeta a un límite de visados y puede tener que esperar mucho tiempo para obtener un visado de inmigrante. La asignación de estos visados se pondera según una escala preferencial.

Petición de la familia como residente legal permanente

Aunque los residentes legales permanentes pueden apadrinar a su cónyuge y a cualquier hijo menor soltero, el proceso no será tan ágil como en el caso de los familiares “directos”. Además, a diferencia de los ciudadanos estadounidenses, los residentes permanentes legales no pueden patrocinar a sus padres, hijos casados o hermanos. Tampoco pueden patrocinar a tíos, primos, nietos, abuelos u otros parientes, independientemente de su estatus. Lamentablemente, esto es intencionado. La actual política de inmigración pretende limitar el número de ciudadanos y residentes legales permanentes que pueden apadrinar. Los familiares preferentes suelen tener la posibilidad de traer a sus cónyuges e hijos con ellos a EE.UU. una vez que reciben su visado.

Tenga en cuenta que puede seguir trabajando para reunir a toda su familia, incluso fuera de estas categorías: El proceso simplemente tiene algunos pasos adicionales. Si usted es un ciudadano que espera traer a su querido tío paterno al país, por ejemplo, primero puede patrocinar a su padre como pariente inmediato. Una vez que su padre se convierta él mismo en ciudadano estadounidense, podrá apadrinar a su hermano como pariente preferente. Este proceso se conoce a veces como “migración en cadena” y es un medio legítimo y poderoso de reunir a las familias.

No tiene por qué enfrentarse solo a la inmigración familiar. Llame al (212) 227-8020 o póngase en contacto con nosotros en línea para obtener asistencia legal con experiencia en su caso.

Permítanos ayudarle a traer a su familia a los Estados Unidos

Nuestro abogado de inmigración familiar en Manhattan tiene más de 30 años de experiencia reuniendo familias a través del proceso de inmigración. Estamos familiarizados con la forma de solicitar tanto para los familiares inmediatos y de preferencia y puede ayudar a reunir la documentación necesaria.

Nuestro equipo también puede representarle en las comunicaciones con el USCIS en caso de que surjan problemas y aconsejarle sobre cómo hacer frente a los obstáculos. Mantener a las familias unidas es primordial, y somos conscientes de la carga que puede suponer una separación prolongada. Por eso hacemos todo lo que está en nuestra mano para reunir a las familias de la forma más eficiente humanamente posible.

Ofrezca a su familia la asistencia jurídica que se merece llamándonos o poniéndose en contacto con nosotros en línea.

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